Listado de precios de la Aduana de Cuba 2023.

Gaceta Oficial No. 45 Extraordinaria de 28 de Julio de 2022. El nuevo Listado de Valores de Referencia entró en vigor el 15 de agosto de 2022.


La Aduana de la República de Cuba determina el carácter comercial y no comercial de las importaciones que hacen los pasajeros (personas naturales) a su arribo al territorio nacional, teniendo en consideración las Reglas para las importaciones no comerciales a Cuba.

MISCELÁNEA

Regla específica: En correspondencia con lo legalmente dispuesto clasifican como miscelánea, los artículos siguientes: calzado, confecciones, alimentos, artículos de aseo personal y del hogar, bisutería, perfumería y similares. Para la importación de los productos que clasifiquen como miscelánea, los artículos o productos a importar han de ser diversos en sus tipos.

PRODUCTOS FOTOGRÁFICOS Y CINEMATOGRÁFICOS

Regla específica: Para los productos fotográficos cuya valoración resulte inferior a 50.00 USD, se aplica la alternativa valor-peso.

ARTÍCULOS UM V ALOR
1.-Cámaras fotográficas Unidad $60.00
2.-Cámaras de vídeo Unidad $100.00
3.-Proyectores (Data show) y similares Unidad $100.00
4.-Partes, piezas y accesorios de productos fotográficos y cinematográficos
(trípodes, lentes, fotómetros, ampliadora, equipos de iluminación)
Unidad $100.00
5.-Papel fotográfico Paquete o rollo $3.00
6.-Papel para impresos Millar $15.00

PINTURAS, BARNICES Y ARTÍCULOS PARA EL HOGAR Y DE FERRETERÍA

Regla específica:

  • Para los artículos del hogar y de ferretería no duraderos, así como aquellos que siendo duraderos no tengan un valor representativo (ejemplo: pilas de agua, baterías de linterna, interruptores, tomacorrientes y similares), se emplea la alternativa de valor-peso.
  • La Aduana admite hasta cinco (5) artículos de cada tipo que clasifiquen como de ferretería, siempre que su valor no exceda de los cincuenta (50.00) USD; y para los que superen ese valor, incluidos los que constituyen juegos, se admiten hasta tres (3) artículos, en todos los casos en correspondencia con el límite de importación.
  • Las pinturas, barnices, pigmentos y diluentes son admitidos por la Aduana siempre que la suma total de los contenidos de sus envases no exceda de veinte (20) litros, con independencia del formato del envase.
  • Los cables y alambres eléctricos se admiten hasta tres (3) bobinas o carretes de hasta cien (100) metros cada uno.
  • Las mangueras, para jardinería, fregado u otros usos similares, se aceptan hasta un total de cincuenta (50) metros.
  • En el caso de las alfombras, se admiten hasta un total de cincuenta (50) metros cuadrados.

ARTÍCULOS UM VALOR OBSERVACIONES
1.-Pinturas, barnices, pigmentos y diluentes Litro $4.00  
2.-Cables de electricidad Bobina o carrete $100.00 Cada bobina o carrete de hasta 100 metros
3.-Lámparas eléctricas de señalización y alumbrado Unidad $20.00  
4.-Linternas Unidad $3.00  
5.-Tanques de agua Unidad $60.00  
6.-Mangueras Metro $5.00  
7.-Escaleras domésticas Unidad $30.00  
8.-Alarmas contra intrusos Unidad $60.00  
9.-Sistema de video vigilancia Unidad $400.00  
10.-Puertas Unidad $100.00  
11.-Ventanas Unidad $50.00  
12.-Taza de baño Unidad $55.00  
13.-Lavamanos con o sin pedestal Unidad $40.00  
14.-Bañaderas Unidad $200.00  
15.-Jacuzzi Unidad $950.00  
16.-Llaves mezcladoras para fregaderos o duchas Unidad $20.00  
17.-Revestimientos para el suelo, techos y paredes (linóleos y similares) Metro2 $50.00  
18.-Alfombras y similares Metro2 $10.00  
19.-Tiendas de campaña y toldos Unidad $100.00  
20.-Balón para gas Unidad $60.00  
21.-Filtros de agua. Unidad $40.00  
22.-Juego de neveras plásticas portátiles Juego $80.00  
23.-Neveras plásticas portátiles Unidad $50.00  
24.-Marquetería, cofres, cajas, estuches de joyería y similares Unidad $8.00  
25.-Implementos no eléctricos para cocción de alimentos (Calderos, ollas, cazuelas, sartenes) Unidad $15.00  
26.-Caja de seguridad Unidad $250.00  

EQUIPOS ELECTRODOMÉSTICOS

Regla específica:

  • En el caso de los equipos electrodomésticos, la Aduana los admite a condición de que sean variados, aceptándose hasta dos (2) artículos del mismo tipo, siempre que la suma de sus valores no exceda el límite establecido para la importación de los equipajes, envíos u otra operación a realizar; según corresponda y en concordancia con lo previsto en los Aranceles aduanales en Cuba mediante método alternativo valor-peso
  • Para las piezas y accesorios de equipos electrodomésticos se emplea la alternativa valor- peso, siempre que se constate que existe diversidad en los productos.
  • En el caso de las plantas eléctricas se admiten hasta dos (2) artículos de ese tipo.

ARTÍCULOS UM VALOR
1.-Planchas eléctricas domésticas Unidad $10.00
2.-Refrigeradores domésticos Unidad $300.00
3.-Congeladores o freezer domésticos. Unidad $350.00
4.-Dispensadores de agua Unidad $50.00
5.-Minibar. Unidad $150.00
6.-Cocina y hornos de gas Unidad $80.00
7.-Cocina y hornillas eléctricas de vitrocerámica por inducción de uno o más focos, con y sin horno Unidad $50.00
8.-Cocinas y hornillas eléctricas    
–Sin Horno Unidad $100.00
–Con Horno Unidad $850.00
9.-Extractor de grasa y campana Unidad $100.00
10.-Horno microonda Unidad $50.00
11.-Hornos eléctricos para uso doméstico Unidad $150.00
12.-Parrillada o grill Unidad $40.00
13.-Sartenes eléctricos y similares Unidad $20.00
14.-Olla arrocera eléctrica Unidad $20.00
15.-Olla vaporera eléctrica Unidad $20.00
16.-Olla multifunción eléctrica Unidad $20.00
17.-Olla asadora de convección halógena Unidad $50.00
18.-Freidora eléctrica Unidad $40.00
19.-Sandwichera eléctrica Unidad $30.00
20.-Tostadora eléctrica de pan Unidad $20.00
21.-Máquinas lavadoras/ secadoras domésticas Unidad $100.00
22.-Lava vajilla doméstico Unidad $100.00
23.-Máquina de coser, tejer y bordar Unidad $40.00
24.-Secador o rizador / plancha de pelo Unidad $20.00
25.-Secador (para cabellos) de pie Unidad $60.00
26.-Máquina de pelar eléctrica Unidad $20.00
27.-Aspiradora Unidad $40.00
28.-Ducha eléctrica Unidad $30.00
29.-Calentador de agua
–eléctrico Unidad $70.00
–de gas Unidad $30.00
30.-Cafetera eléctrica Unidad $15.00
31.-Batidora Unidad $15.00
32.-Licuadora Unidad $15.00
33.-Procesador de alimentos Unidad $15.00
34.-Picador de especies y vegetales Unidad $15.00
35.-Mezcladoras Unidad $15.00
36.-Molinos Unidad $15.00
37.-Televisores convencionales Unidad $50.00
38.-Televisores pantalla plana (LCD, plasma, LED, otras tecnologías similares)
-Televisores pantalla plana hasta 32 pulgadas Unidad $250.00
-Televisores pantalla plana mayores de 32 pulgadas hasta 42 pulgadas Unidad $400.00
-Televisores pantalla plana mayores de 42 pulgadas Unidad $500.00
39.-Caja decodificadora digital TV Unidad $40.00
40.-Equipos de música Unidad $100.00
41.-Equipo de música portátil Unidad $50.00
42.-Teatro en casa o similares Unidad $120.00
43.-Mezclador de sonido Unidad $400.00
44.-Reproductor de vídeo Unidad $20.00
45.-Consolas de vídeo juegos Unidad $200.00
46.-Ventiladores Unidad $20.00
47.-Equipos acondicionadores de aire
–Hasta ¾ toneladas (hasta 9000 BTU) Unidad $150.00
–Mayor de ¾ toneladas y hasta 1 tonelada (mayor de 9000 hasta 12000 BTU) Unidad $200.00
–Mayor de 1 tonelada y hasta 2 toneladas (mayor de 12000 BTU hasta 24000 BTU) Unidad $750.00
–Mayor de 2 toneladas (>24000 BTU)   Unidad Valor superior al anterior y que la persona natural acredite que no excede el límite de importación establecido
48.-Plantas generadoras de electricidad
–Hasta 900 va Unidad $200.00
–Mayores de 900 va hasta 1500 va Unidad $500.00
–Mayores de 1500 va hasta 15 Kva Unidad $950.00
49.-Casco o armazón de refrigeradores, freezer y aires acondicionados con todos los componentes excepto el compresor Unidad $250.00
50.-Otros tipos de motores de equipos electrodomésticos Unidad $20.00
51.-Compresores de equipos de clima y refrigeración Unidad $50.00
52.-Bombas de agua o compresores para agua Unidad $50.00
53.-Partes, piezas y accesorios de compresores y bombas para agua Unidad $15.00
54.-Otros artículos electrodomésticos Unidad $100.00

EQUIPOS DE INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES

Regla específica:

  • La Aduana admite hasta tres (3) artículos relacionados con las telecomunicaciones y dispositivos para red incluyendo los accesorios o periféricos de equipos de cómputo (mouse, teclados u otros).
  • En el caso de los equipos de cómputo (microcomputadora completa de mesa, micro-computadora portátil (laptop), table pc, dispositivo para lectura digital u otro producto similar) se admiten hasta tres (3), con independencia de sus tipos.
  • Para las memorias flash, las partes y piezas de computadoras, telefonía móvil y fija, impresoras, fotocopiadoras, y demás equipos de informática y comunicaciones, se emplea la alternativa valor-peso, siempre que se constate que existe diversidad en los productos.
  • De los teléfonos celulares o inteligentes, se admiten hasta cinco (5) unidades.

 ARTÍCULOS UM VALOR OBSERVACIONES
 1.-Equipos de cómputo y similares    
 –Microcomputadora completa de mesa   Unidad   $200.00 A los efectos de determinar la cantidad se clasifican como un mismo artículo con independencia de su tipo.
 –Microcomputadora portátil (laptop) Unidad   $250.00  
 –Table PC, dispositivos para la lectura digital y productos similares Unidad $100.00
 –Mini laptop Unidad $100.00
2.-Dispositivos de almacenamiento, memorias y similares Unidad $15.00  
3.-Torre de computadora Unidad $70.00  
4.-Disco duro incluyendo el HDD player. Unidad $60.00  
5.-Monitor de computadora Unidad $50.00  
6.-Backup (UPS) Unidad $30.00  
7.-Impresoras. Fotocopiadoras Unidad $80.00  
8.-Scanners Unidad $60.00  
9.-Teléfonos convencionales alámbricos Unidad $10.00  
10.-Teléfonos inalámbricos Unidad $40.00 Que operen en las bandas autorizadas por el MINCOM
11.-Teléfonos celulares o inteligentes Unidad $80.00  
12.-Intercomunicadores domésticos Unidad $10.00  
13.-Fax alámbrico Unidad $100.00  
14.-Equipos de fax inalámbricos Unidad $150.00 Requiere autorización previa del MINCOM
15.-Micrófonos inalámbricos y sus accesorios Unidad $50.00 Requiere autorización previa del MINCOM
16.-Micrófonos alámbricos y sus accesorios Unidad $20.00  
17.-Dispositivos para redes de datos (routers, switches y similares) Unidad $100.00 Requiere autorización del MINCOM
18.-Transmisores y transceptores de radio de cualquier naturaleza y servicios, estaciones fijas, móviles y personales (walkie-talkie y teléfonos satelitales), sus dispositivos y amplificadores de potencia Unidad $80.00 Requiere autorización del MINCOM
19.-Geolocalizador Unidad $100.00  

INSTRUMENTOS MUSICALES

Regla específica:

  • La Aduana admite hasta tres (3) artículos, en todos los casos en correspondencia con el límite de importación.
  • Para las piezas y accesorios de los instrumentos musicales se emplea la alternativa valor-peso, siempre que se constate que existe diversidad en los productos.

ARTÍCULOS UM VALOR
1.-Instrumentos de cuerda Unidad $60.00
2.-Instrumentos de teclado Unidad $200.00
3.-Instrumentos de viento Unidad $200.00
4.-Instrumentos de percusión Unidad 200.00
5.-Los demás instrumentos musicales Unidad $300.00

MOBILIARIOS

Regla específica:

  • La Aduana admite hasta cinco (5) artículos de cada tipo que clasifiquen como muebles para el hogar, siempre que su valor no exceda de los cincuenta (50.00) USD; y para los que superen ese valor, incluidos los que constituyen juegos, se admiten hasta tres (3) artículos, en todos los casos en correspondencia con el límite de importación.
  • En el caso de los muebles o juegos de muebles que incluyen camas o cunas, la Aduana admite sus respectivos colchones.
  • En el caso de los muebles para uso del bebé (cuna, coches, corrales, mecedoras, andadores y similares), se admiten hasta tres (3) unidades de cada tipo.

ARTÍCULOS UM VALOR
1.-Juego de sala Juego $150.00
2.-Juego de cuarto Juego $150.00
3.-Juego de comedor Juego $120.00
4.-Juego de mueble de cocinas compuesta por módulos sin electrodomésticos incluidos Juego $400.00
5.-Piezas de muebles (silla, mesa, butaca, sillones y similares) Unidad $30.00
6.-Sillas giratorias Unidad $30.00
7.-Buros. Unidad $50.00
8.-Mesa para computadoras Unidad $40.00
9.-Libreros Unidad $60.00
10.-Estantes Unidad $70.00
11.-Cómodas y gaveteros Unidad $100.00
12.-Repisas Unidad $50.00
13.-Colchones Unidad $50.00
14.-Los demás muebles Unidad $150.00
15.-Muebles para uso del bebé (cuna, coches, corrales, mecedoras, andadores y similares) Unidad $20.00

VEHÍCULOS AUTOMOTORES, SUS PARTES, PIEZAS Y ACCESORIOS

Regla Específica:

  • La Aduana admite, como parte del equipaje de los pasajeros, la importación de hasta dos (2) artículos de los denominados ciclomotores o motocicletas, con o sin sidecar, en ambos casos eléctricos, siempre que no dispongan de otra capacidad adicional de carga y pasaje.
  • Las personas naturales pueden importar por la vía de envíos hasta un (1) artículo de los denominados ciclomotores o motocicletas, en ambos casos eléctricos, con o sin sidecar, que cumplan los requisitos arriba dispuestos.
  • Los pasajeros pueden importar, como parte de su equipaje, hasta un (1) juego integrado por un (1) motor eléctrico y sus accesorios, por concepto de reposición, para la remotorización de vehículos de motor de combustión y su conversión a eléctricos, de conformidad con el procedimiento establecido para esa operación.
  • La Aduana admite la importación de partes y accesorios de vehículos automotores, siempre que la legislación específica lo permita; y que la cantidad no exceda la que requiera un vehículo para su reparación y mantenimiento.
  • Respecto a los “juegos, kit o set” de piezas, en el entendido de que estas por su naturaleza o función, o decisión del fabricante (embalaje) constituyan un juego, la Aduana admite hasta cinco (5) juegos, a condición de que se importe uno de cada tipo y la cantidad máxima de unidades por juego no exceda la que requiera un vehículo para su reparación. En el caso de las juntas se admiten hasta dos (2) juegos de cada tipo.
  • Dentro de las piezas, admitir y aplicar la alternativa valor-peso a aquellas cuyo peso no exceda de cinco (5) kilogramos, a condición de que sean diversas, en correspondencia con lo dispuesto en el párrafo anterior. A las que tengan un peso superior al mencionado, se les aplica cualquiera de los otros métodos de valoración de productos, sin perjuicio de que, si así fuera solicitado por la persona, la Aduana evalúe la aceptación de pesarlo o no.
  • Neumáticos y llantas pueden admitirse hasta cinco (5) de auto ligero, hasta siete (7) de vehículos pesados y hasta tres (3) de motocicleta o ciclomotor, según corresponda.
  • La importación de vehículos automotores, motores para vehículos y carrocerías, se atiene a lo dispuesto en la legislación específica sobre esa materia.

 ARTÍCULOS UM VALOR
1.-Ciclomotores o motocicletas eléctricas, con o sin sidecar Unidad $200.00
2.-Sidecar de una plaza para motocicleta Unidad $100.00
3.-Motor eléctrico con sus accesorios para remotorizar vehículos de combustión Unidad $950.00
4.-Baterías o acumuladores de litio Unidad $60.00
5.-Otras baterías y acumuladores Unidad $35.00
6.-Kit o set de baterías de Gel Unidad $100.00
7.-Carburador Unidad $40.00
8.-Delco (distribuidor) Unidad $30.00
9.-Guardafangos Unidad $40.00
10.-Parabrisas Unidad $150.00
11.-Neumáticos para autos ligeros (con o sin cámaras) Unidad $60.00
12.-Neumáticos para autos pesados (con o sin cámaras) Unidad $100.00
13.-Neumáticos para motos o ciclomotores (con o sin cámaras) Unidad $35.00
14.-Cámaras para neumáticos de autos ligeros Unidad $10.00
15.-Cámaras para neumáticos de autos pesados Unidad $30.00
16.-Cámaras para neumáticos de motos o ciclomotores Unidad $5.00
17.-Llantas para autos ligeros Unidad $60.00
18.-Llantas para autos pesados Unidad $100.00
19.-Llantas para motos o ciclomotores Unidad $35.00
20.-Amortiguadores Unidad $15.00
21.-Bobina de encendido Unidad $5.00
22.-Cajas de Velocidad Unidad $120.00
23.-Pizarra (con o sin relojes) Unidad $100.00
24.-Defensa (delantera y trasera) Unidad $50.00
25.-Capot Unidad $80,00
26.-Tapa Maletero Unidad $80.00
27.-Puertas Unidad $100.00
28.-Bombas de aceite, combustible, agua y cloche Unidad $20.00
29.-Pistones Unidad $10.00
30.-Camisa pistón Unidad $15.00
31.-Cigüeñal Unidad $80,00
32.-Motor de arranque Unidad $40.00
33.-Radiador Unidad $30.00
34.-Sistema limpia parabrisas Unidad $30.00
35.-Encendido eléctrico Unidad $40.00
36.-Sistemas de clima para autos Unidad $70.00
37.-Kit o set de frenos (mangueras, pastillas, discos) Unidad $20.00
38.-Barra estabilizadora Unidad $60.00
39.-Puente delantero Unidad $100.00
40.-Radio reproductora para auto Unidad $40.00
41.-Los demás accesorios, partes, piezas de autos, motos y ciclomotores Unidad $20.00
42.-Butacas delantera Unidad $60.00
43.-Asiento trasero Unidad $80.00
44.-Asiento para moto o ciclomotor Unidad $50.00
45.-Timón para auto Unidad $30.00
46.-Tubo de escape de autos y motos Unidad $50.00
47.-Cristal de puerta o ventanilla Unidad $40.00
48.-Rodamientos Unidad $20.00
49.-Válvulas de motor Unidad $5.00
50.-Diferencial de vehículos ligeros Unidad $120.00
51.-Diferencial de vehículos pesados Unidad $500.00
52.-Cámara de vigilancia para auto Unidad $150.00
53.-Remolque o arrastre ligero sin propulsión Unidad $300.00
54.-Motores marinos que no excedan los 10 caballos de fuerza (HP) Unidad $950.00

JUGUETES Y ARTÍCULOS DEPORTIVOS Y DE RECREO

Regla específica:

  • Para la actividad de pesca se admiten hasta tres (3) rollos, carretes o bobina de hilo de pescar y hasta diez (10) kilogramos de anzuelos, plomadas, señuelos y otros similares.
  • La Aduana admite la importación de hasta dos (2) artículos que clasifiquen como bicicletas, bicicletas eléctricas y de pedaleo asistido, patinetas eléctricas o similares.
  • Las armas neumáticas con proyectiles de 4.5 mm o menor y que cumpla los requisitos legalmente establecidos, se permite una (1) por única vez y por un valor de referencia no menor de 500.00 USD.
  • La importación de Aeronaves no tripuladas, sus partes y piezas se admiten por la Aduana previa autorización de la autoridad aeronáutica de Cuba, en correspondencia con lo dispuesto en la legislación específica vigente.

ARTÍCULOS UM VALOR OBSERVACIONES
1.-Bicicletas Unidad $50.00  
2.-Bicicletas eléctricas y de pedaleo asistido Unidad $100.00  
3.-Patinetas y carriolas eléctricas Unidad $60.00  
4.-Batería para propulsión de bicicletas, patinetas y carriolas eléctricas Unidad $50.00  
5.-Las demás partes, piezas y accesorios de bicicletas, bicicletas eléctricas, patinetas y carriolas eléctricas Unidad $10.00  
6.-Balsas y salvavidas Unidad $20.00  
7.-Piscinas Unidad $200.00  
8.-Juegos inflables para uso doméstico Unidad $950.00  
9.-Juguetes inflables para niños Unidad $5.00  
10.-Juguetes de propulsión eléctrica o no, para ser montados por niños Unidad $30.00  
11.-Juguetes que funcionen con baterías, por control remoto, mecánicos y similares Unidad $10.00  
12.-Los demás juguetes Unidad $20.00  
13.-Artículos para la práctica de deportes con pelota (bate, ned, raqueta, careta, cascos, petos, guantes, guantillas) Unidad $10.00  
14.-Artículos para la práctica de deportes náuticos (snocker, aletas, caretas, tablas de surf) Unidad $20.00  
15.-Los demás artículos para la práctica de deportes Unidad $10.00  
16.-Hilo de pescar Rollo, carrete o bobina $15.00 Cada rollo, carrete o bobina de hasta 1000 metros
17.-Equipo integrado multifuncional para ejercicio muscular (Hércules) Unidad $600.00  
18.-Caminadoras Unidad $400.00  
19.-Escaladora Unidad $400.00  
20.-Bicicleta estática Unidad $400.00  
21.-Aeronaves no tripuladas Unidad $950.00 Requiere autorización previa del IACC
22.-Componentes, partes y piezas de aeronaves no tripuladas Unidad $20.00 Requiere autorización previa del IACC

MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN

Regla específica:

  • De los materiales que clasifican como piezas de enchape y piso se admiten hasta 50 m2 excepto en los matajuntas, cenefas y similares que se admiten en igual cifra, pero su unidad de medida es metro lineal.
  • De las manufacturas para uso de la construcción se admiten hasta 50 unidades y para los otros herrajes de cualquier tipo y demás materiales de la construcción la cifra a admitir es de hasta 10 unidades.

ARTÍCULOS UM VALOR
1.-Baldosas, azulejos Metro2 $6.00
2.-Matajuntas Metro $5.00
3.-Cenefas Metro $5.00
4.-Manufacturas p/uso de construcción Unidad $6.00
5.-Bolsa de hasta 49 Kg de cementos gris / blanco y otros cementos Unidad $6.00
6.-Otros herrajes de cualquier tipo Unidad $3.00
7.-Los demás materiales de construcción Unidad $5.00

HERRAMIENTAS

Regla específica:

  • Se aplica para su valoración los métodos de valor de referencia, declaración o factura de compra y se aceptan hasta dos (2) de cada tipo. Las de mano pueden ser valoradas por el método valor-peso siempre que su peso no exceda de tres (3) kilogramos.
  • Las herramientas destinadas a una actividad comercial, industrial o fabril no se admiten como importación no comercial.

ARTÍCULOS UM VALOR
1.-Juego herramientas de mano Juego $150.00
2.-Herramientas de mano (alicates, cepillos metálicos, cutters, destornilladores, limas y escofinas, llaves ajustables, llaves allen, llaves fijas, llaves de tubo, de vaso, martillos y masas, tenazas, puntas y porta puntas, tijeras, tornillos de banco) Unidad $5.00
3.-Útiles intercambiables para máquinas herramientas eléctricas Unidad $5.00
4.-Herramientas con motor incorporado (afiladoras, atornilladores eléctricos y neumáticos, cepillos, clavadoras, decapadoras, grapadoras, lijadoras, martillos, remachadoras, roscadoras, sierras, circulares, taladros y pulidoras, compresores neumáticos pequeños, motosierras) Unidad $50.00
5.-Plantas de soldar de pequeño formato Unidad $80.00
6.-Cortadora de césped portátiles Unidad $100.00
7.-Mochila fumigadora sin motor de combustión Unidad $70.00
8.-Aparatos de medición y precisión (cintas métricas, niveles, multímetros, voltímetros y similares) Unidad $10.00

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